¿Leasing o renting? Siempre renting

13 julio 2018

Financiar activos es una de los puntos clave del día a día de una empresa. Y es que, equivocarse, y financiar mal, puede significar -entre otras cosas- hipotecar las posibilidades de crecimiento de una compañía. Vale, podemos acudir a recursos propios, pero… ¿y si estos no existen, no son suficientes o, simplemente, no nos interesa recurrir a ellos? En esta tesitura, la opción más lógica sería acudir, como mecanismo de disposición de activos, a las típicas fórmulas de leasing o renting.

¿Por qué sí renting?

Pues, para empezar, porque el renting, como contrato de alquiler de inmovilizado, lo podemos firmar tanto con una entidad financiera como con el proveedor de dicho inmovilizado. Además, los contratos de renting tienen la propiedad llave en mano. Esto, por ejemplo, en el caso de los vehículos, significa que, en el contrato de alquiler, van incluidos conceptos como el coste del alquiler, el importe del seguro, reparaciones, posibilidades de sustitución y otro tipo de ventajas adicionales, como son la sustitución inmediata en el caso de avería.

¿Más ventajas? Pues sí. Vale que, al tener los contratos de renting unas mayores coberturas que los de leasing, el coste monetario de los primeros va a ser superior. Sin embargo, hay que tener en cuenta que no se está asumiendo ningún tipo de carga financiera, más allá del IVA al que está sujeto… como cualquier otro contrato de alquiler.

Básicamente puede decirse que, si el renting es siempre una fórmula de alquiler más adecuada que el leasing, se debe a que no nos obligamos a ningún tipo de pago mensual… algo que, en ningún caso, sería una buena idea. ¿Por qué? En todos los casos en los que compremos inmovilizado, que se deteriora y devalúa en el tiempo, la opción de compra y la propiedad final no tienen ningún sentido. Por ejemplo, si financiamos maquinaria, equipos informáticos o vehículos mediante leasing, en el caso de rotura o avería, la responsabilidad de la reparación es nuestra y no tendremos ningún tipo de posibilidad de cambio del bien. Por contra, en el caso de un renting, el riesgo y coste de la avería pasa al arrendador. Esto significa que, si a mí se me avería un coche, una máquina o un equipo informático, tendré el derecho al cambio automático del bien por otro (o, en todo caso, a no pagar la reparación de dicho bien).

La tecnología avanza que es una barbaridad

Es otra buena razón para apostar por el renting frente al leasing. Los avances tecnológicos son continuos y, ante ellos, una empresa necesita flexibilidad. Por este motivo, dada la permanente aparición de novedades tecnológicas, la empresa siempre cubrirá mejor sus necesidades con un contrato de renting que con uno de leasing. Un ejemplo. Imaginemos que necesito cambiar de coche en dos años por uno superior. Un contrato de renting me lo permite sin problemas, uno de leasing no, dado que la resolución anticipada del leasing tiene unas condiciones muy restrictivas. Parece que está claro… ¿No?

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