Resolvemos las dudas de Madrid Central

madrid central
10 diciembre 2018

Hace poco menos de un mes hemos visto como un área del centro de Madrid se cerraba al tráfico rodado. Solo los coches de los vecinos y los ecológicos, además de repartidores y servicios de trasporte, pueden acceder a esa área restringida al tráfico.

Se trata de una medida que tiene como objetivo preservar el uso de las vías comprendidas entre las calles que marcan el perímetro y reducir los niveles de contaminación atmosférica en zonas de gran nivel de tráfico.

¿Cuál es el área afectada por el APR de Madrid Central?

El perímetro de Madrid Central está limitado por las calles Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Plaza de España, Princesa y Serrano Jover.

El acceso al área interior no está permitido salvo en casos concretos, pero si se puede circular por las calles anteriormente mencionadas. Todo el perímetro está marcado en el asfalto por líneas rojas y el acceso está anunciado con señales verticales que anuncian el comienzo de la APR y la existencia de las cámaras de control de acceso.

¿Cuándo entra en vigor Madrid Central?

El pasado 30 de noviembre entró en vigor el decreto por el cual se restringe el tráfico en la zona residencial comprendida por Madrid Central. Aunque ha comenzado la restricción por ahora no se realizarán denuncias, sino que la Policía Municipal y los Agentes de Movilidad informarán a los conductores de la nueva normativa durante los primeros meses.

A partir del mes de febrero se iniciará el control automático a través de las cámaras que hay instaladas en los accesos a Madrid Central y desde marzo se comenzará a multar a aquellos conductores que no cumplan la normativa.

¿Quién puede acceder a Madrid Central?

De la misma forma que en otras APRs de Madrid, por Madrid Central podrán circular los siguientes vehículos:

  • Residentes de la zona restringida. Aquellos ciudadanos que tengan la autorización de residentes del Servicio de Estacionamiento Regulado podrán acceder a la zona restringida.
  • Coches con autorización Cero Emisiones.
  • Vehículos de servicios de urgencias como bomberos, ambulancias, policía, protección civil…
  • Vehículos que prestan servicios como taxis o VTC.
  • Vehículos de empresas y vehículos de Carsharing.
  • Coches que estacionen en un parking (privado o público) o en hoteles o apartamentos turísticos. En estos casos el titular del parking o del establecimiento de hospedaje tendrá que llevar a cabo el trámite para autorizar el acceso del vehículo.

¿Las motocicletas pueden acceder a Madrid Central?

En el caso de las motocicletas también existen restricciones. Este tipo de vehículos pueden acceder a Madrid Central. En el caso de aquellas que tienen un motor de combustión solo pueden acceder en un horario restringido (de 7 a 22 horas) a no ser que aparquen en plaza privada o pública.

Las motocicletas ecológicas o eléctricas pueden acceder sin restricciones, al igual que sucede con los coches.

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